El Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (FAOV), remplaza al Ahorro Habitacional Obligatorio en la derogada Ley de Política Habitacional (LPH). El Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (FAOV), esta constituido por el aporte obligatorio de los trabajadores y de sus patronos, establecido en la Ley de Vivienda y Hábitat (LVH, LRPVH).
Cálculo para el Aporte Mensual para el FAOV
En la Ley de Política Habitacional derogada, los cálculos se hacían con el salario básico, pero en la nueva Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat, los cálculos se realizan con el salario integral.
El aporte total será del 3% del salario integral del trabajador de cada mes y se divide de la siguiente forma:
Aporte del Trabajador: 1%
Aporte del Empleador o Patrono: 2%
El patrono esta en la obligación por la ley de retener estos montos y depositarlos antes del quinto día hábil de cada mes, en la cuenta de cada trabajador.
Los trabajadores independientes, se pueden registrar en el Fondo de Ahorro Voluntario para la Vivienda (FAVV) a través del servicio FAOV en línea.
El Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH), tiene en su página web un sistema en línea, para trabajadores, patronos y empresas, para gestionar todo lo referente a los aportes al Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda FAOV y al Fondo de Ahorro Voluntario para la Vivienda FAVV.
Para mayor información y estar actualizado, ingresa a la página web: www.banavih.gob.ve